viernes, 23 de noviembre de 2012

¿NO TE SUENA UN POCO A CHINO?

Concilio Vaticano II
 PRELATURA, así se denomina la forma jurídica que la Iglesia Católica quiso otorgar al Opus Dei un 28 de noviembre de 1982 para organizarse y llevar a cabo la mejora de la vida cristiana y la tarea evangelizadora de la Iglesia de un modo complementario al de las Diócesis, a las cuales seguimos perteneciendo todos los miembros de la Obra.


Tanto las Prelaturas Personales como las Diócesis son comunidades de fieles de naturaleza jerárquica, es decir, con una estructura de gobierno organizada.

Así, una persona del Opus Dei es un católico corriente que ha recibido una llamada específica dentro de su vocación cristiana para formar parte de una familia espiritual - la del opus Dei - y para procurar ser mejor cristiano y colaborar en la misión de la Iglesia.

Esa llamada no le distingue de los demás pues no implica que su vida se transforme en un signo eclesial del seguimiento de Cristo, como es propio de la vocación de los religiosos. La secularidad  - R.A.E "Que vive en el siglo, a distinción del que vive en clausura - es esencial para todos los fieles del Opus Dei, también para los que viven el celibato - R.A.E "Estado de soltero - como parte de su vocación.


Entrega a D. Alvaro del Portillo de la Bula "Ut Sit"
El requisito vocacional no es esencial en las Prelaturas Personales, las cuales pueden fundarse en circunstancias muy diversas, generalmente ligadas a vínculos sociales entre sus fieles. Sin embargo, es posible que esta condición sea esencial por la misma configuración fundacional, como sucede en el caso del Opus Dei, sin la cual, toda la Prelatura del Opus Dei dejaría de existir.

Confío que, con estas ideas, te hayas aclarado si quiera un poco de lo que significa esta palabra y no tengas miedo de incorporarla a tu vocabulario. Si no, ya sabes que puedes preguntarme cuantas dudas tengas.




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